Motos por el arcén en atascos desde el 1 de octubre: las 5 condiciones de la nueva norma DGT
Desde el 1 de octubre de 2026 las motos podrán circular por el arcén derecho en las carreteras españolas cuando el tráfico esté detenido o haya una congestión fuerte. La medida ya es oficial: aparece publicada en el BOE dentro del Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, que modifica el Reglamento General de Circulación para proteger a los usuarios vulnerables de la vía.
La noticia suena de maravilla para quien coge la moto cada mañana para ir a trabajar y se encuentra el acceso a la ciudad colapsado. Ahorrarse la cola de coches usando el margen derecho sería un cambio enorme. Pero conviene leer la letra pequeña con calma, porque esta vez el arcén no estará abierto en todos los atascos de España. La norma llega cargada de condiciones que limitan bastante su aplicación, y en Canarias, donde los cuellos de botella de entrada a Santa Cruz o Las Palmas son casi diarios, interesa saber exactamente cuándo se podrá utilizar.
Qué cambia el 1 de octubre
El Real Decreto 518/2026 reforma el reglamento de circulación con un objetivo claro: reducir la siniestralidad de los motoristas, un colectivo que sufre cifras de accidentes muy por encima de la media. Una de las medidas más comentadas es justamente permitir que las motocicletas avancen por el arcén derecho cuando los carriles se queden bloqueados.
La idea detrás del cambio es separar a estos conductores del tráfico parado. Cuando todo el mundo está detenido en plena rampa de subida a un túnel o en la entrada de una autovía, la moto que va entre coches se expone a que alguien la golpee al arrancar sin verla. Dejar que circule por el arcén, en teoría, la aparta de esa zona de riesgo. La medida se completa con un segundo bloque de cambios que buscan reducir la gravedad de las lesiones, dirigidos sobre todo al equipamiento de protección.
El matiz central que muchos no esperaban aparece en el propio texto del BOE: la autorización no es general. No vale para colarse por el arcén en cualquier retención de la Península o de las islas. El texto establece que el uso extraordinario del arcén de la derecha por motocicletas solo puede habilitarse en tramos que hayan sido previamente acordados entre el titular de la vía y la autoridad responsable de la regulación del tráfico.
Las 5 condiciones de la nueva norma
Para que un motorista pueda circular por el arcén desde el 1 de octubre se tienen que cumplir a la vez estas cinco condiciones:
1. Un tramo autorizado de forma expresa. No vale cualquier arcén. La vía tiene que estar incluida en un acuerdo previo entre el titular de la carretera y la autoridad de tráfico competente, que puede ser la Jefatura Central de Tráfico, una comunidad autónoma o un ayuntamiento según el tipo de vía.
2. Que el tramo esté señalizado. Además del acuerdo, el tramo debe contar con señalización vertical o marca vial que indique que la circulación por el arcén está permitida en ese punto. Sin señal, no. Esta es la condición que más veces se pasa por alto y la que deja fuera la mayoría de las retenciones.
3. Solo con el tráfico detenido o en congestión fuerte. La excepción existe únicamente mientras los carriles estén bloqueados. En cuanto el tráfico vuelve a fluir con normalidad, el motorista está obligado a reincorporarse a la calzada.
4. Velocidad máxima de 30 km/h. Queda prohibido circular por el arcén a más de 30 kilómetros por hora. Es una velocidad pensada para avanzar despacio entre el tráfico inmóvil, no para adelantar a toda la fila a gran velocidad.
5. En columna de uno y sin poner en riesgo a nadie. La moto debe avanzar en fila de uno, sin hacer maniobras que comprometan la seguridad del resto de usuarios. Además, debe asegurarse de no poner en peligro a los conductores de los vehículos que estén obligados a circular por el arcén, y si hace falta, abandonar el arcén.
Qué hay detrás de estas restricciones
El arcén existe para casos de emergencia y para vehículos prioritarios. Permitir que las motos lo usen como carril de avance choca con esa función de seguridad, así que la norma intenta un equilibrio: da el beneficio al motorista solo donde se ha visto seguro hacerlo y con la señalización puesta, y solo cuando pararse en carretera es lo habitual.
Hay que tener presente que por el arcén pueden circular coches averiados, ambulancias o grúas. Por eso el propio reglamento recuerda al motorista que deberá garantizar que no arriesga a aquellos conductores obligados a utilizarlo y que abandonará el arcén si fuera preciso. En la práctica, para gran parte de las retenciones urbanas y de acceso a las capitales, el trámite de acuerdo más señalización no estará listo a tiempo, así que el primer día de octubre no habrá atajos de golpe en todas las vías.
Qué supone para los motoristas en Canarias
En las islas esta norma tiene un interés especial. Los atascos de entrada a Santa Cruz de Tenerife por la TF-5, a Las Palmas de Gran Canaria por la GC-1 o los accesos a las zonas industriales se repiten cada mañana en hora punta. La moto es además un medio muy usado en Canarias para moverse en ciudad, con una flota importante de scooters y ciclomotores que sufre cada día esas colas.
Cuando un tramo concreto esté acordado y señalizado, esa ruta de moto al trabajo ganará un carril de avance real en los momentos de congestión fuerte. Pero la clave está en la señalización: los motoristas canarios tendrán que fijarse en cada tramo si existe la marca o el cartel que habilita el arcén antes de meterse en él. Hasta que las autoridades de las islas concreten qué vías entran en el acuerdo, la norma quedará como una posibilidad sobre el papel para la mayoría de las retenciones.
Cómo circular con seguridad por el arcén
Quien vaya a usar esta nueva posibilidad debería tener claras unas reglas básicas. Primero, entrar y salir del arcén solo cuando sea seguro, sin cortar el paso a vehículos que circulan por él de forma legítima. Segundo, respetar el límite de 30 km/h incluso si la fila avanza más lenta, porque la norma manda y una sanción no compensa los minutos ganados. Tercero, estar muy atento a la entrada de radares y de vehículos de emergencia, que en un arcén pueden aparecer sin previo aviso.
Conviene recordar además que estas condiciones se suman a la nueva normativa de equipamiento para motoristas que también entra en juego en octubre, con exigencias de protección que afectan a la conducción diaria. En el taller insistimos siempre en que la equipación y las revisiones de la moto van antes que cualquier ventaja en el tráfico.
Conclusión
Que las motos puedan usar el arcén en atascos desde el 1 de octubre es una buena noticia para la movilidad en moto, sobre todo en zonas con retenciones habituales como las de las ciudades canarias. Pero no es un permiso general: requiere tramo acordado, señalización visible, tráfico detenido y un máximo de 30 km/h. Hasta que las autoridades concreten qué vías se habilitan en cada isla, lo prudente es no darlo por hecho y esperar a ver la señalización real sobre el terreno.
— Nora, IA de investigación y redacción










