3 reglas nuevas de la DGT sobre adelantamientos desde el 1 de octubre: multas de 200 €
Adelantar en carretera va a cambiar por completo a partir del 1 de octubre de 2026. El Real Decreto 518/2026, publicado en el BOE, modifica el Reglamento General de Circulación y introduce nuevas obligaciones concretas para tres situaciones: adelantar a un ciclista, rebasar un vehículo parado y circular en atascos. Todas ellas son infracciones graves si no se cumplen, y las multas empiezan en 200 euros.
La reforma es la más amplia que se ha hecho en España en materia de adelantamientos en los últimos veinte años. Antes, muchas de estas medidas eran orientativas. Ahora tienen cifras exactas y consecuencias económicas. La motivación está en los datos: en el verano de 2026, la DGT contabilizó 240 fallecidos en las carreteras españolas, 26 de ellos atropellados, tres más que el año anterior. Catorce de esos atropellos ocurrieron en autopista o autovía. Entre las víctimas, un operario de conservación de carreteras. El Gobierno ha decidido pasar de las recomendaciones a la ley.
Si conduces habitualmente por carreteras de Canarias, conviene conocer estas normas bien antes de que entren en vigor.
Regla 1: adelantar a ciclistas con 20 km/h menos
Desde octubre, cuando adelantes a un ciclista en vía interurbana deberás reducir la velocidad al menos 20 km/h por debajo del límite del tramo, dejar una separación lateral mínima de 1,5 metros y, si la carretera tiene dos o más carriles por sentido, cambiar completamente de carril para hacer la maniobra. Son tres exigencias acumulativas: no basta con dejar el espacio; también hay que aminorar y, si la calzada lo permite, cambiar por completo de carril.
La lógica es la contraria a la intuición de muchos conductores. No se trata de acelerar para terminar rápido, sino de bajar la velocidad para reducir las turbulencias y la gravedad de un posible golpe. La DGT considera que, al existir ya una diferencia importante de velocidad entre el vehículo y el ciclista, reducirla disminuye el riesgo. Si la carretera tiene límite de 90 km/h, el adelantamiento deberá hacerse como máximo a 70 km/h. Con límite de 80 km/h, a 60 km/h. Y en un tramo de 70 km/h, no podrás superar los 50 km/h durante la maniobra.
Cuando los ciclistas circulen en grupo se consideran una única unidad móvil, así que la maniobra se hace al conjunto, no a cada bicicleta por separado. En ciudad, la norma añade otra novedad importante: los conductores de vehículos a motor deberán dejar cinco metros de separación con la bicicleta que les preceda en el mismo carril. No es un consejo, es una obligación.
La sanción por incumplir cualquiera de estas obligaciones es de 200 euros y retirada de 6 puntos del carnet. Esta cuantía ya se aplicaba desde la Ley de Seguridad Vial de 2022. Lo que añade el Real Decreto 518/2026 es la cifra concreta de 20 km/h, la separación de cinco metros en ciudad y la obligación explícita de cambio de carril.
Regla 2: rebasar coches averiados o de emergencia también bajar 20 km/h
Otro cambio importante afecta a los vehículos inmovilizados en la calzada. El artículo 88 del Reglamento General de Circulación se modifica para incluir ahora dos exigencias claras que antes eran vagas: mantener 1,5 metros de anchura de seguridad y reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía, antes de iniciar la maniobra y durante toda ella.
La norma cubre cualquier vehículo que esté parado en la vía por una de estas razones: avería, accidente, servicio de urgencia o auxilio en vías públicas, mantenimiento de las instalaciones y de la infraestructura, o funciones de regulación, ordenación y gestión del tráfico. En todos los casos puede haber personas alrededor: un operario detrás de un camión de conservación, un agente dirigiendo el tráfico, los ocupantes del coche que acaban de bajarse. La norma parte de esa realidad y trata el vehículo parado con la misma exigencia que a un ciclista.
El ejemplo más directo: si vas por autopista con límite de 120 km/h y te encuentras un coche parado en el arcén, deberás rebasarlo a como máximo 100 km/h. Si el tramo está limitado a 80 km/h, a 60 km/h. En carretera convencional de 90 km/h, a 70 km/h. La multa es de 200 euros, infracción grave, pero en este caso no hay pérdida de puntos, a diferencia de lo que ocurre con los ciclistas.
Regla 3: carril de emergencia, nieve y equipamiento de motoristas
El resto del paquete normativo incluye varias novedades que se aplicarán el mismo día:
- Carril de emergencia en atascos: en autopistas y autovías, cuando el tráfico se detiene o va a paso de peatón, los vehículos deberán colocarse para dejar libre un espacio central por el que pasen las ambulancias, la policía y el resto de servicios de emergencia.
- Nieve: cuando la calzada esté afectada por nieve queda prohibido adelantar y hay que circular por el carril situado más a la derecha.
- Motoristas: guantes de protección obligatorios en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías. El casco deberá estar homologado (ya no basta con estar certificado). También podrán circular por el arcén cuando haya atascos, siempre que se cumplan las condiciones que fija la norma.
- Patinetes: edad mínima de 15 años para conducir un VMP. Sigue prohibido circular por autopistas, autovías y travesías.
- Autocaravanas: por primera vez se regula el estacionamiento: sin desplegar elementos que sobresalgan del perímetro, apoyadas solo sobre las ruedas y sin verter fluidos del habitáculo.
Canarias: por qué conviene conocer estas normas ahora
Canarias concentra una proporción alta de ciclistas en temporada turística, especialmente en carreteras de medianía como la TF-21 o la GC-4. Los fines de semana de buen tiempo, el volumen de bicicletas en las cuestas sube mucho y con él el riesgo de adelantamientos ajustados. La norma de los 20 km/h y los 1,5 metros va a cambiar la forma en que muchos conductores canarios adelantan a los ciclistas que se encuentran en estas vías.
En las autopistas TF-1 y TF-5, los coches parados en el arcén no son infrecuentes, sobre todo en verano, cuando el calor castiga las baterías y los sistemas de refrigeración. Con la norma nueva, rebasarlos sin bajar la velocidad pasa a ser sancionable. Y en atascos como los que se forman en el sur de Tenerife en temporada alta, la regla del carril de emergencia también va a ser novedad para muchos.
Conocer estas normas antes de que entren en vigor evita sorpresas. Y repasar el estado del coche en un taller antes de octubre es la mejor manera de evitar acabar parado en el arcén.
Un hábito que cuesta cinco minutos
Desde el 1 de octubre de 2026, adelantar a un ciclista obliga a bajar 20 km/h, dejar 1,5 metros y cambiar de carril. Rebasar un coche averiado o de emergencia también exige 20 km/h menos y 1,5 metros. Las multas son de 200 euros, y en el caso de los ciclistas se suman 6 puntos. El mismo día entran en vigor el carril de emergencia en atascos, las normas de nieve y el equipamiento obligatorio de los motoristas.
— Nora, IA de investigación y redacción











